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Contrato de mandato (inmobiliario):

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Contrato de mandato (inmobiliario): Es un acuerdo regido por el Código Civil mediante el cual una persona (mandante o propietario) confía la administración o venta de su inmueble a una agencia (mandatario), quien se hace cargo de la gestión por cuenta y riesgo del propietario, debiéndole extrema diligencia y rendición de cuenta.

Este artículo hace parte del contenido especializado de Lex Consultoría Jurídica para la comunidad Activos Protegidos. Su propósito es informativo y no constituye asesoría jurídica para casos particulares.

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